Faq – Preguntas Frecuentes
1. ¿Qué márgenes le quedan al expendedor de las ventas realizadas?
Los siguientes porcentajes calculados sobre el precio de venta al público:
- 9% de la venta de cigarros
- 8,5% de la venta de todas las labores del tabaco exceptuando los cigarros
- 4% de la venta de efectos timbrados y signos de franqueo
2. ¿Puedo comprar un Estanco a plazos?
No. La operación tiene que ser firmada ante notario y se debe realizarse el pago completo para la aprobación de la operación por parte del Comisionado del Mercado del Tabaco que una vez permite el cambio de titularidad no hay vuelta atrás.
3. ¿Puedo Hipotecar la Licencia de un Estanco para financiar la compra?
No. Las licencias siempre tienen que ir a personas físicas. Los Bancos son sociedades y el cambio de titularidad solo puede realizarlo por medio de compra venta notarial con el visto bueno del Comisionado del Mercado de Tabaco.
4. ¿Cómo se consigue una expendeduría de tabaco y timbre?
Las expendedurías se conceden por Concurso Público publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
5. ¿Quién convoca el Concurso Público?
La Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta del Comisionado.
6. ¿Cómo se convocan los concursos?
Cada concurso se rige por un Pliego de Condiciones en el que se delimitan las zonas o polígonos en los que se convoca una expendeduría, así como los requisitos de los concursantes, los criterios de valoración y la documentación a presentar.
7. ¿Por cuánto tiempo se conceden las expendedurías?
Por 25 años y a partir del 1 de Enero del 2013 será de 30 años.
8. ¿Quiénes pueden concursar?
Solo las personas físicas con capacidad para el ejercicio del comercio (ninguna empresa ni sociedad), nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea.
9. ¿Qué otros requisitos necesita el concursante?
Principalmente, disponer de un local en el polígono convocado (propiedad, arrendamiento, cesión, etc.); no estar declarado en quiebra, ni suspensión de pagos; no ser deudor de la Administración Pública, no haber sido condenado, hallarse procesado o sancionado por contrabando y no haber dado lugar a la revocación de una concesión (expendeduría) o autorización de un punto de venta con recargo (PVR).
10. ¿Cuándo debe presentarse la solicitud?
En el plazo señalado en cada convocatoria publicada en el BOE.
11. ¿Tengo un local, puedo pedir la concesión de un Estanco?
Si. Encargando un proyecto técnico de viabilidad.
12. ¿Puede una misma persona ser titular de dos o más expendedurías?
No. Tampoco puede serlo el titular de un punto de venta con recargo (PVR).
13. ¿Es obligatorio residir en la localidad convocada?
No. Pero debe residir en una localidad cercana.
14. ¿Es obligatorio gestionar directamente la expendeduría?
Sí. Sin perjuicio de la ayuda de dependientes.
15. ¿Qué criterios se tienen en cuenta para valorar las ofertas?
Los establecidos en el Pliego de Condiciones que, en resumen, son:
- Alejamiento de centros docentes
- Distancia respecto a otras expendedurías
- Interés comercial del local propuesto
- Características del local (superficie, fachada, etc.)
- Curriculum del solicitante
16. ¿Es obligatorio abonar alguna tasa en el momento de concursar?
Sí. Según población de derecho (censo) del municipio convocado.
17. ¿El adjudicatario está obligado a efectuar algún otro pago?
Sí. Un canon anual calculado según criterios de población y volumen de negocio.
18. ¿De quiénes debe suministrarse de productos el expendedor?
Siempre de los mayoristas autorizados.
19. ¿Es obligatorio exponer el logotipo oficial?
Sí: la letra T en color rojo sobre fondo de hoja de tabaco en amarillo cromo y rótulo con la indicación «Tabacos» («Timbre» en Canarias).
20. ¿Qué horarios de atención al público rigen en una expendeduría?
El horario comercial más usual en la zona, respetando en todo caso la legislación vigente al respecto en cada municipio o Comunidad Autónoma.
21. ¿Se puede cambiar de lugar una expendeduría?
No, salvo en algunos casos que requieren la autorización del Comisionado.
22. ¿Ante qué Organismo se tramitan los asuntos relacionados con las Expendedurías de Tabaco y Timbre?
Ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos